Nueva normativa de circulación en Madrid
Todo lo que debes saber si vas a circular por Madrid a partir del 1 de Enero
El 1 de enero de 2024 ha entrado en vigor la nueva normativa que regula el acceso de vehículos al término municipal de Madrid.
Hasta ahora, el límite de acceso lo marcaba la M-30, tras la implantación de esta nueva normativa, los lugares donde está el acceso restringido son la Zona de Bajas Emisiones y el exterior de la M-30.
Esto quiere decir que no podrán circular por Madrid los turismos sin distintivo medioambiental que no estén empadronados ni abonen el Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM).
En las Zonas de Bajas Emisiones los vehículos B y C solo pueden acceder si van a estacionar en un parking público o con invitaciones. De esta forma, los automóviles con etiqueta ECO y Cero, son los únicos que pueden acceder con normalidad.
¿Cuáles son los vehículos con clasificación ambiental A?
Los vehículos con la restricción de circulación son aquellos de carburante diésel matriculados antes del año 2006 o gasolina anteriores al 2000.
¿Qué alternativas tengo?
Con Voltio, el carsharing de Mutua, puedes dejar a un lado tus preocupaciones y circular con total libertad por Madrid sin restricciones, gracias a nuestra flota de vehículos 100% eléctricos y su etiqueta de 0 emisiones, puedes circular por la zona de bajas emisiones y aparcar de manera gratuita en la zona SER.
Muévete de forma sostenible por Madrid. Ya sabes: Es fácil. Es Voltio.
¿Te gustó? Compártelo en